[Todos] Fwd: Vigencia
Decana Facultad de Enfermeria Prof. Mercedes Perez
decana en fenf.edu.uy
Mie Feb 9 08:52:51 -03 2022
*Prof. Lic. Mercedes Pérez Etchetto*
*Especialista en Enfermería Materno Infantil *
*Especialista en Gestión de Servicios de Salud.*
*Decana de Facultad de Enfermería -Universidad de la República*
*Montevideo, Uruguay. *
---------- Forwarded message ---------
De: Daniel Rodriguez <daniel.rodriguez en udelar.edu.uy>
Date: mar, 8 feb 2022 a la(s) 19:24
Subject: Vigencia
To:
EL CONSEJO DIRECTIVO CENTRAL DE LA UNIVERSIDAD DE LA REPÚBLICA EN SESIÓN
ORDINARIA DE FECHA 26 DE OCTUBRE DE 2021, ADOPTO LA SIGUIENTE RESOLUCIÓN:
1.
(Exp. 011020-500861-21) - VISTO: - Que desde hace varias semanas el número
de casos nuevos por día se ha mantenido por debajo de los 200;
-Que en el interior del país la dinámica ha dejado de ser de trasmisión
comunitaria para pasar a ser de brotes;
- Que en la zona metropolitana la cantidad de casos diarios se encuentra
dentro de los límites de la capacidad del sistema de rastreo y monitoreo;
- Que el número absoluto de personas en CTI y de fallecimientos ha
disminuido drásticamente;
- Que la proyección de necesidad de recursos de CTI se mantiene estable y
bajo control;
- Que el grado de avance del plan de vacunación en el país que alcanza a
más del 85% en la franja etaria de 18 a 24 años con al menos una dosis de
alguna vacuna contra el SARS-CoV 2 y que supera el 90% en la población
mayor de 24 años;
CONSIDERANDO: - Que por lo antedicho, en nuestro país la
situación sanitaria respecto al SARS CoV 2 se encuentra contenida;
- Que dada la situación sanitaria es posible
habilitar espacios de presencialidad menos estrictos que en el mes de abril.
- Que la baja población de algunos
departamentos tiene como consecuencia que ante la aparición de pocos casos
aislados se cambie el nivel de alerta departamental y puede no justificarse
un cambio en las condiciones de presencialidad previstas.
- Que abandonar los criterios dinámicos para el
funcionamiento presencial puede facilitar la organización de actividades
universitarias futuras.
EL CONSEJO DIRECTIVO CENTRAL, RESUELVE:
1.- Dejar sin efecto la “Guía para el funcionamiento universitario en
distintos escenarios epidemiológicos” aprobada por Resolución N°8 del
Consejo Directivo Central del 13 de abril de 2021
2.- Mientras no se levante el estado de emergencia nacional sanitaria por
la autoridad competente (Ministerio de Salud Pública), el funcionamiento
presencial en la Universidad de la República se guiará por los siguientes
criterios.
a) Se establece la obligatoriedad del trabajo presencial en horarios y
lugares físicos habituales, sujetos exclusivamente a las restricciones que
imponga la autoridad sanitaria (MSP), otorgando un plazo de una semana a
partir de la fecha para que los Servicios instrumenten y coordinen todos
los aspectos relativos a la vuelta a la presencialidad;
b) Se habilitan todas las actividades de evaluación presencial en la
función de enseñanza.
c) Se permiten clases presenciales por no más de 120 minutos. Será posible
superar ese límite cuando transcurridos los 120 minutos se proceda a dejar
libre el salón para que la ventilación permita un mayor recambio de aire
durante 10 minutos. Transcurrido ese lapso de tiempo se podrá continuar.
Cuando la naturaleza de las actividades desarrolladas en el marco de la
clase requieran superar los 120 minutos y a su vez no sea posible realizar
una interrupción para ventilar el espacio, se podrá obviar el límite de 120
minutos.
d) El uso de espacios comunes al aire libre será irrestricto y el uso de
tapabocas opcional.
Asimismo se recuerda la necesidad de mantener la ventilación cruzada
(puerta y ventanas abiertas en simultáneo) en los espacios cerrados y el
uso de tapabocas, sin requerimientos de distancia interpersonal mínima.
También es necesario mantener el registro de las personas que acceden a los
edificios universitarios y la disponibilidad de alcohol en gel. Sin
embargo, ya no será un requisito obligatorio la toma de temperatura ni la
utilización de alfombra sanitaria previo al ingreso.
Adicionalmente los vehículos institucionales podrán ser utilizados sin
limitaciones en la cantidad de pasajeros a trasladar más allá de la
capacidad propia del vehículo. Chofer y pasajeros deberán utilizar
tapabocas y se recomienda viajar con ventanas abiertas en caso de que las
condiciones climáticas lo permitan.
3.- La instrumentación de actividades presenciales deberán tener en cuenta
los tiempos necesarios para que los estudiantes se localicen en las áreas
donde las mismas se desarrollan.
4.- Rectorado continuará recibiendo el asesoramiento de la comisión Ad Hoc
en relación a las proyecciones con base en el monitoreo continúo de la
situación epidemiológica hasta tanto se levante la declaración de crisis
sanitaria.
5.- En caso del surgimiento de brotes se suspenderán las actividades
presenciales en el área afectada, permitiéndose el retorno a la
presencialidad en la medida que los afectados reciban el alta médica.
(18 en 18)
------------ próxima parte ------------
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