<div dir="ltr"><br clear="all"><div><div dir="ltr" class="gmail_signature" data-smartmail="gmail_signature"><div dir="ltr"><div><div dir="ltr"><div style="font-size:small"><img src="http://www.fenf.edu.uy/images/logotipo_institucional/rgb/logotipo_fdee_4cm_72ppp_rgb.png" width="96" height="96"><font color="#0000ff" face="georgia, serif"><i><b><br></b></i></font></div><div style="font-size:small"><font color="#0000ff" face="georgia, serif"><i><b>Prof. Lic. Mercedes Pérez Etchetto</b></i></font></div><div style="font-size:small"><font color="#0000ff" face="georgia, serif"><i><b>Especialista en Enfermería Materno Infantil </b></i></font></div><div style="font-size:small"><font color="#0000ff" face="georgia, serif"><i><b>Especialista en Gestión de Servicios de Salud.</b></i></font></div><div style="font-size:small"><font color="#0000ff" face="georgia, serif"><i><b>Decana de Facultad de Enfermería -Universidad de la República</b></i></font></div><div style="font-size:small"><font color="#0000ff" face="georgia, serif"><i><b>Montevideo, Uruguay. </b></i></font></div></div></div></div></div></div><br><br><div class="gmail_quote"><div dir="ltr" class="gmail_attr">---------- Forwarded message ---------<br>De: <strong class="gmail_sendername" dir="auto">Daniel Rodriguez</strong> <span dir="auto"><<a href="mailto:daniel.rodriguez@udelar.edu.uy">daniel.rodriguez@udelar.edu.uy</a>></span><br>Date: mar, 8 feb 2022 a la(s) 19:24<br>Subject: Vigencia<br>To: <br></div><br><br>
<div text="#330099" bgcolor="#FFFFFF">
<p> <br>
EL CONSEJO DIRECTIVO CENTRAL DE LA UNIVERSIDAD DE LA REPÚBLICA EN
SESIÓN ORDINARIA DE FECHA 26 DE OCTUBRE DE 2021, ADOPTO LA
SIGUIENTE RESOLUCIÓN: <br>
<br>
1.<br>
(Exp. 011020-500861-21) - VISTO: - Que desde hace varias semanas
el número de casos nuevos por día se ha mantenido por debajo de
los 200;<br>
-Que en el interior del país la dinámica ha dejado de ser de
trasmisión comunitaria para pasar a ser de brotes;<br>
- Que en la zona metropolitana la cantidad de casos diarios se
encuentra dentro de los límites de la capacidad del sistema de
rastreo y monitoreo;<br>
- Que el número absoluto de personas en CTI y de fallecimientos ha
disminuido drásticamente;<br>
- Que la proyección de necesidad de recursos de CTI se mantiene
estable y bajo control;<br>
- Que el grado de avance del plan de vacunación en el país que
alcanza a más del 85% en la franja etaria de 18 a 24 años con al
menos una dosis de alguna vacuna contra el SARS-CoV 2 y que supera
el 90% en la población mayor de 24 años;<br>
CONSIDERANDO: - Que por lo antedicho, en nuestro
país la situación sanitaria respecto al SARS CoV 2 se encuentra
contenida;<br>
- Que dada la situación sanitaria es
posible habilitar espacios de presencialidad menos estrictos que
en el mes de abril.<br>
- Que la baja población de algunos
departamentos tiene como consecuencia que ante la aparición de
pocos casos aislados se cambie el nivel de alerta departamental y
puede no justificarse un cambio en las condiciones de
presencialidad previstas. <br>
- Que abandonar los criterios
dinámicos para el funcionamiento presencial puede facilitar la
organización de actividades universitarias futuras.<br>
<br>
EL CONSEJO DIRECTIVO CENTRAL, RESUELVE:<br>
<br>
1.- Dejar sin efecto la “Guía para el funcionamiento universitario
en distintos escenarios epidemiológicos” aprobada por Resolución
N°8 del Consejo Directivo Central del 13 de abril de 2021<br>
2.- Mientras no se levante el estado de emergencia nacional
sanitaria por la autoridad competente (Ministerio de Salud
Pública), el funcionamiento presencial en la Universidad de la
República se guiará por los siguientes criterios. <br>
a) Se establece la obligatoriedad del trabajo presencial en
horarios y lugares físicos habituales, sujetos exclusivamente a
las restricciones que imponga la autoridad sanitaria (MSP),
otorgando un plazo de una semana a partir de la fecha para que los
Servicios instrumenten y coordinen todos los aspectos relativos a
la vuelta a la presencialidad;<br>
b) Se habilitan todas las actividades de evaluación presencial en
la función de enseñanza. <br>
c) Se permiten clases presenciales por no más de 120 minutos. Será
posible superar ese límite cuando transcurridos los 120 minutos se
proceda a dejar libre el salón para que la ventilación permita un
mayor recambio de aire durante 10 minutos. Transcurrido ese lapso
de tiempo se podrá continuar.<br>
Cuando la naturaleza de las actividades desarrolladas en el marco
de la clase requieran superar los 120 minutos y a su vez no sea
posible realizar una interrupción para ventilar el espacio, se
podrá obviar el límite de 120 minutos.<br>
d) El uso de espacios comunes al aire libre será irrestricto y el
uso de tapabocas opcional. <br>
Asimismo se recuerda la necesidad de mantener la ventilación
cruzada (puerta y ventanas abiertas en simultáneo) en los espacios
cerrados y el uso de tapabocas, sin requerimientos de distancia
interpersonal mínima. También es necesario mantener el registro de
las personas que acceden a los edificios universitarios y la
disponibilidad de alcohol en gel. Sin embargo, ya no será un
requisito obligatorio la toma de temperatura ni la utilización de
alfombra sanitaria previo al ingreso.<br>
Adicionalmente los vehículos institucionales podrán ser utilizados
sin limitaciones en la cantidad de pasajeros a trasladar más allá
de la capacidad propia del vehículo. Chofer y pasajeros deberán
utilizar tapabocas y se recomienda viajar con ventanas abiertas en
caso de que las condiciones climáticas lo permitan.<br>
3.- La instrumentación de actividades presenciales deberán tener
en cuenta los tiempos necesarios para que los estudiantes se
localicen en las áreas donde las mismas se desarrollan.<br>
4.- Rectorado continuará recibiendo el asesoramiento de la
comisión Ad Hoc en relación a las proyecciones con base en el
monitoreo continúo de la situación epidemiológica hasta tanto se
levante la declaración de crisis sanitaria.<br>
5.- En caso del surgimiento de brotes se suspenderán las
actividades presenciales en el área afectada, permitiéndose el
retorno a la presencialidad en la medida que los afectados reciban
el alta médica.<br>
(18 en 18)<br>
</p>
</div>
</div></div>