[Todos] Fwd: Circular N° 28-20 - CDC - Protocolo general para la realización de actividades en los Edificios Universitarios.

Decana Facultad de Enfermeria Prof. Mercedes Perez decana en fenf.edu.uy
Vie Mayo 29 16:57:56 ART 2020


Re envio resoluciones del Consejo Directivo Central. E documento adjunto
esta siendo acordado en la mesa de negociación colectiva, pero en lineas
generales es lo que se esta procesando.
saludos
Buen fin de semana






*Prof. Lic. Mercedes Pérez Etchetto*
*Especialista en Enfermería Materno Infantil *
*Especialista en Gestión de Servicios de Salud.*
*Decana de Facultad de Enfermería -Universidad de la República*
*Montevideo, Uruguay. *


---------- Forwarded message ---------
De: Comunicaciones <comunic at oce.edu.uy>
Date: vie., 29 may. 2020 a las 9:32
Subject: Circular N° 28-20 - CDC - Protocolo general para la realización de
actividades en los Edificios Universitarios.
To:



*División Secretaría General*

*Sección Comunicaciones*


*E-mail: comunic at oce.edu.uy <comunic at oce.edu.uy> *


*Circular N° 28-20 - CDC*
*Exp.: **011000-001204-20 y adjs. *











                                Montevideo, 29 de mayo de 2020


*SR. DECANO/DIRECTOR/JEFE*

*_______________________*

De mi mayor consideración:
Para su conocimiento y demás efectos, cúmpleme comunicarle la Resolución N°
3 adoptada por el Consejo Directivo Central de la Universidad de la
República, en sesión ordinaria de fecha 26 de mayo de 2020:


1) Aprobar el documento "Protocolo general para la realización de
actividades en los Edificios Universitarios" (Distribuido N° 294.20) como
orientación general para la elaboración de un Protocolo Institucional.
2) Encomendar a la Delegación Institucional en la Mesa de Negociación
Colectiva Bipartita avanzar en base a estas orientaciones, en la
negociación de un protocolo general con los funcionarios.
3) Solicitar a las autoridades del Hospital de Clínicas y de los Servicios
Clínicos en general la elaboración de sus respectivos protocolos
específicos.
4) Reiterar como criterio general que las actividades de enseñanza se
realizarán sobre plataformas digitales hasta la finalización del primer
semestre de 2020.
5) Habilitar la realización de actividades presenciales de enseñanza de
grado y posgrado bajo criterios de cuidado sanitario estricto, cuando sea
viable realizarlas en grupos pequeños.
6) Habilitar asimismo las actividades de investigación, extensión,
asistencia y gestión en los edificios universitarios en base a criterios
sanitarios adecuados.
7) Los Servicios definirán las actividades abarcadas por los puntos 5) y 6)
anteriores.
8) Los Servicios que requieran actividad presencial para instrumentar
evaluaciones, deberán implementarlas en esquemas que respeten los criterios
de cuidado sanitario generales.


(18 en 18)


Fdo. Sr. Daniel Rodríguez – Director de División Secretaría General
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