[Funcionarios] **IMPORTANTE** CONTRALOR DE ASISTENCIA MENSUAL FUNCIONARIOS NO DOCENTES
Sector Contralor - Sección Personal
contralornodocente en fenf.edu.uy
Mar Abr 13 13:35:39 -03 2021
Estimado/as funcionario/as:
Según el Art. 9 de la Ordena de Asistencia del Personal No Docente
"Los jefes de Servicios y los de Sección serán responsables de
controlar en forma primaria, diaria y directa, el cumplimiento del deber
de puntualidad y desempeño de sus tareas en los lugares de trabajo
asignados a los funcionarios a sus cargos"
Por ello solicitamos a los Jefes y Directores de las diferentes
secciones que nos informen (hasta el día 10 de cada mes) las licencias,
horas nocturnas, horas extras o inconsistencias de los funcionarios a su
cargo de así corresponder.
Dada la no presencialidad, se realizará a través de correo electrónico.
El responsable de cada sección a través de un listado, informará a
contralornodocente en fenf.edu.uy las inconsistencias o no de cada
funcionario.
Las licencias anuales ya fueron registradas, todas las autorizaciones
que nos han hecho llegar. Quedamos a la espera de la información
solicitada de los meses ENERO y FEBRERO de los funcionarios que no
tomaron licencia los meses enteros; así como del mes de MARZO
Recordamos para solicitar MÉDICO CERTIFICADOR:
- Se podrá hacer la solicitud a personal en fenf.edu.uy o a través de MAP.
- Se debe solicitar médico el mismo día que no se cumplen funciones para
la Institución, aunque no se tenga aún el certificado formato BPS.
- Se debe solicitar al médico tratante el certificado formato BPS. El
mismo debe tener comienzo y finalización del periodo de certificación,
firma, aclaración y CP del médico tratante
- Si el funcionario reside en Montevideo - Canelones (hasta arroyo Pando
- La Paz - arroyo Santa Lucía aprox.) un médico de SUAT asistirá a
realizar la certificación a domicilio dentro de las 72hs luego de la
solicitud.
- Si el funcionario reside en el Interior deberá enviar por correo
electrónico el certificado formato BPS.
- Por normativa no se pueden ingresar certificaciones con fecha
posterior al día de la solicitud. De ser la situación el funcionario
deberá regularizar el periodo, donde no solicitó médico certificador en
fecha, con algún tipo de licencia que debe autorizar el Jefe o Director.
Solicitamos dar la mayor difusión
Saluda a uds.
Sector Contralor
Sección Personal
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